- Libérate de tus deudas EXISTE La Ley de la Segunda Oportunidad.
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CONCURSO DE ACREEDORES

¿Cómo se realiza?

 

Después de analizar la situación presentamos ante el Juzgado de lo Mercantil concurso de acreedores en los casos en que sea acordado por la Ley Concursal.

 

El Juez debe acordar la declaración de Concurso de Acreedores y, si se solicita por los acreedores se nombra un Administrador concursal.

Y se declara la finalización del concurso y el Juez, declarará la desaparición de todas las deudas que no sean satisfechas en la liquidación, con excepción de las de Derecho Público, siempre que sean satisfechos en su integridad los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados, como hipotecas.

 

Según la situación personal decidimos si se presenta un Plan de Pagos de la deuda o se solicita exoneración del pasivo insatisfecho. Dependerá de cada caso concreto; incluso puede acogerse a esta exoneración de pagos manteniendo su vivienda, sin liquidar su patrimonio.

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