La segunda oportunidad y la crisis - Libérate de tus deudas EXISTE La Ley de la Segunda Oportunidad.
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La segunda oportunidad y la crisis

Estamos en agosto de 2021. En la gráfica vemos cómo han ido subiendo los concursos de empresas y de persona física en los últimos meses. Ya se están notando las consecuencias económicas de la pandemia mundial por el COVID-19 y sin querer ser tremendistas, se notarán más cuando terminen los ERTES y las empresas tengan que sostenerse por sus propios medios. Muchos negocios van a tener que enfrentarse con la realidad de que los ingresos han bajado sustancialmente por muchos motivos. Menos mal que contamos en España con el mecanismo de la segunda oportunidad.

En este momento de incertidumbre económica podemos felicitarnos de que en 2015 se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad. Aunque tarde y con muchas carencias en su redacción y protección, es mejor que nada.

Desde 2015 la persona física que se endeude, ya sea empresaria o no, tiene un pequeño asidero al que agarrarse para evitar que la ruina le persiga toda su vida.

Ahora, aunque sea a costa de perder todo su patrimonio, se puede considerar una vuelta a empezar, dejar de deber y poder empezar de cero.

Esta oportunidad es importante es momentos de crisis económica. En momentos de negocios que se montaron antes del 2020 y que han caído porque las circunstancias desde su creación han cambiado radicalmente. Y de una forma imprevisible.

Lo que pasa en 2021

En el año 2021 han subido de forma vertiginosa los concursos de persona física que se han presentado ante los Tribunales y esto implica que se conoce este mecanismo y se utiliza. Animamos a todos los compañeros de la abogacía y de la asesoría empresarial a que conozcan este mecanismo y se lo ofrezcan a su clientela. Es importante que se dé a conocer este sistema que limita, aunque sea parcialmente, la responsabilidad universal de las personas físicas que recoge el decimonónico Código Civil:

Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.

art 1911 cc

Esta condena sobre los bienes futuros ya se está limitando con la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad.

Ponte en contacto con nosotros para que te asesoremos sin compromiso.

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